Calculadora gastos deducibles autónomo 2026
Introduce tus gastos anuales en cada categora y calcula cuánto puedes desgravar en el IRPF como autónomo. Actualizado con criterios AEAT 2026.
Tus gastos anuales
Total gastos introducidos
0,00 €
Total deducible estimado
0,00 €
Ahorro fiscal estimado en IRPF (según tu tramo)
Tramo 24 %
€
Tramo 30 %
€
Tramo 37 %
€
+ Reducción por gastos de difícil justificación (automática)
En estimación directa simplificada: 5 % del rendimiento neto (máx. 2.000 €) sin justificación (art. 30.2.4 — LIRPF). Orientativo — depende de tu rendimiento neto final.
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| Gasto | % deducible |
|---|
Cómo funcionan los gastos deducibles para autónomos
Un gasto es deducible cuando estú vinculado a la actividad econmica, estú debidamente justificado con factura y estú correctamente contabilizado. Cada euro de gasto deducible reduce tu rendimiento neto, que es la base sobre la que se calcula el IRPF y la cuota RETA. Si estás en el tramo del 30 %, por ejemplo, cada 1.000 € de gastos que deduces te ahorra 300 € de IRPF.
Los gastos más importantes que se olvidan los autónomos
La cuota de autónomo (RETA) es el gasto más grande y totalmente deducible, pero muchos autónomos olvidan incluir: el seguro de responsabilidad civil, las suscripciones digitales profesionales (Canva Pro, software, almacenamiento en la nube), los libros y cursos relacionados con la actividad, los gastos bancarios de la cuenta de la actividad, y el porcentaje de internet y teléfono que corresponde al uso profesional. Acumular y documentar bien estos gastos puede suponer cientos de euros de ahorro al año.
Gastos de difícil justificación: el 5 % automtico
En estimación directa simplificada existe una reducción automática del 5 % del rendimiento neto (con un máximo de 2.000 €) por gastos de difícil justificación (art. 30.2.4 — LIRPF). Esta reducción se aplica sin necesidad de facturas y compensa pequeños gastos cotidianos relacionados con la actividad. Si tu rendimiento neto es de 30.000 —, la reducción automática es de 1.500 €.
Preguntas frecuentes
Introducción a los gastos deducibles para autónomos
Los autónomos pueden deducir una variedad de gastos relacionados con su actividad profesional. Esto incluye cuotas de autónomo, alquiler de locales, suministros, material y suministros de trabajo, software y suscripciones digitales profesionales, formación relacionada con la actividad, seguros profesionales, asesoría y servicios profesionales, y publicidad y marketing. Es importante tener en cuenta que cada categora de gasto tiene sus propias reglas y límites para la deducción.
Consideraciones especiales para la deducción de gastos
Algunos gastos, como los relacionados con vehículos y dietas, tienen reglas y límites específicos. Por ejemplo, los vehículos solo son deducibles si son de uso exclusivo para la actividad, lo cual puede ser difícil de justificar para personas físicas. Las dietas y gastos de restauración también tienen límites diarios específicos. Es crucial consultar con un asesor para asegurarse de que se están siguiendo las normas correctas para la deducción de gastos y evitar cualquier problema con la Agencia Tributaria.
Más preguntas frecuentes
¿Cuál es el porcentaje de deducción para los suministros de casa si trabajo en ella?
El porcentaje de deducción para los suministros de casa es del 30%, siempre y cuando se pueda justificar el porcentaje de la vivienda afecto a la actividad.
¿Puedo deducir el 100% de los gastos de formación relacionados con mi actividad?
Sí, los gastos de formación relacionados con tu actividad son deducibles al 100%.
¿Cuál es el límite máximo para gastos de difícil justificación en la estimación directa simplificada?
El límite máximo para gastos de difícil justificación es de 2000 euros, con un porcentaje del 5%.
¿Puedo deducir el coste de mi teléfono móvil si lo uso para trabajo y también para fines personales?
Sí, se suele admitir la deducción del 50% del coste del teléfono móvil si se utiliza para fines tanto personales como profesionales.
¿Qué pasa con la deducción de gastos de viaje y dietas?
Las dietas y gastos de restauración son deducibles si hay factura y correlación con la actividad, con límites específicos: 26,67 —/día en España y 48,08 —/día en el extranjero.
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