Calculadora mínimo personal y familiar 2026

Calcula el mínimo exento de tu IRPF: mínimo personal, por hijos, por ascendientes y por discapacidad. Descubre cuánto te ahorras en la declaración de la renta.

Datos 2024 prorrogados para 2025/2026 hasta nueva ley — Ley 35/2006 arts. 57-61

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Tu situación personal y familiar

1. Tu situación

2. Hijos a tu cargo

Deben convivir contigo, tener menos de 25 años (o cualquier edad con discapacidad) y rentas anuales < 8.000 €.

3. Padres / abuelos a tu cargo

Deben convivir contigo al menos 6 meses y tener rentas anuales < 8.000 €.

4. Tu rendimiento neto anual (para calcular el ahorro)

Opcional. Si lo dejas vacío se muestra solo el mínimo sin calcular el ahorro.

Tabla de mínimos IRPF 2026

Valores de la Ley 35/2006 (arts. 57-61), prorrogados para 2025/2026.

Concepto Importe
Mínimo personal (general)5.550 €
Adición por edad > 65 años+ 1.150 € (total 6.700 €)
Adición por edad > 75 años+ 1.400 € más (total 8.100 €)
Por descendientes (hijos)
1.er hijo2.400 €
2.º hijo2.700 €
3.er hijo4.000 €
4.º hijo y siguientes4.500 € c/u
Adición si el hijo tiene < 3 años+ 2.800 € cada uno
Por ascendientes
Ascendiente > 65 años (o discapacitado)1.150 €
Ascendiente > 75 años2.550 €
Por discapacidad
Discapacidad 33-64 %3.000 €
Discapacidad ≥ 65 %9.000 €
Adición por necesidad de ayuda de terceros o movilidad reducida+ 3.000 €

¿Qué es el mínimo personal y familiar?

El mínimo personal y familiar es la parte de la renta que la ley considera indispensable para las necesidades vitales del contribuyente y sus dependientes. Esa parte no tributa: se calcula la cuota sobre (base liquidable − mínimo), de modo que el mínimo actúa como un tramo de renta al que se le aplica la escala del IRPF y el resultado se resta de la cuota. Está regulado en los artículos 57 a 61 de la Ley 35/2006.

Mínimo por descendientes: hijos a cargo

Para aplicar el mínimo por hijos se requiere que convivan con el contribuyente, que sean menores de 25 años (sin límite de edad si tienen discapacidad reconocida) y que sus rentas anuales no superen los 8.000 €. Los importes se dividen a partes iguales entre ambos progenitores si presentan declaración individual. Un hijo menor de 3 años suma 2.800 € adicionales, incentivando la natalidad.

Mínimo por ascendientes y discapacidad

Por cada padre o abuelo mayor de 65 años que conviva al menos 6 meses y no supere los 8.000 € de rentas se aplican 1.150 € (o 2.550 € si supera los 75 años). Si el familiar tiene discapacidad, se puede aplicar el mínimo incluso sin llegar a los 65 años. El mínimo por discapacidad propia (o de descendientes/ascendientes) va de 3.000 a 9.000 € según el grado, con un plus de 3.000 € si necesita ayuda de terceras personas.

Preguntas frecuentes

Cálculo del mínimo personal y familiar

Para calcular el mínimo personal y familiar, es importante considerar los distintos componentes, como el mínimo personal, el mínimo por descendientes, el mínimo por ascendientes y el mínimo por discapacidad. Cada uno de estos componentes tiene sus propias condiciones y requisitos.

Condiciones y requisitos para el mínimo personal y familiar

Es fundamental cumplir con las condiciones y requisitos establecidos para cada componente del mínimo personal y familiar. Por ejemplo, la convivencia y las rentas propias son factores clave para determinar si se cumplen las condiciones para el mínimo por ascendientes o descendientes.

Más preguntas frecuentes

¿Cuál es el mínimo personal para autónomos en 2026?

El mínimo personal para autónomos en 2026 es de 5.550 euros.

¿Cómo se calcula el mínimo por descendientes?

El mínimo por descendientes varía según el número de hijos y su edad. Por ejemplo, el primer hijo tiene un mínimo de 2.400 euros, mientras que el segundo hijo tiene un mínimo de 2.700 euros.

¿Qué condiciones deben cumplir los ascendientes para ser considerados en el mínimo?

Los ascendientes deben convivir con el autónomo al menos 6 meses al año y tener rentas propias inferiores a 8.000 euros al año.

¿Cómo afecta la discapacidad al mínimo personal?

La discapacidad puede aumentar el mínimo personal. Por ejemplo, una discapacidad del 33% al 65% puede suponer un mínimo adicional de 3.000 euros.

¿Dónde puedo encontrar la referencia legal para el mínimo personal y familiar autónomo?

La referencia legal para el mínimo personal y familiar autónomo se encuentra en los artículos 56-61 de la Ley 35/2006 del IRPF.

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Aviso: los importes del mínimo personal y familiar son los de la Ley 35/2006 del IRPF (arts. 57-61), prorrogados para 2025 y 2026 al no haber entrado en vigor ninguna ley de presupuestos que los modifique. El ahorro estimado usa la escala general estatal de referencia y puede diferir según tu comunidad autónoma (que aplica su propia escala autonómica) y otras circunstancias. No constituye asesoramiento fiscal. Para el cálculo exacto, consulta con tu asesor o en la Agencia Tributaria.