Calculadora mínimo personal y familiar 2026
Calcula el mínimo exento de tu IRPF: mínimo personal, por hijos, por ascendientes y por discapacidad. Descubre cuánto te ahorras en la declaración de la renta.
Datos 2024 prorrogados para 2025/2026 hasta nueva ley — Ley 35/2006 arts. 57-61
Tu situación personal y familiar
1. Tu situación
2. Hijos a tu cargo
Deben convivir contigo, tener menos de 25 años (o cualquier edad con discapacidad) y rentas anuales < 8.000 €.
3. Padres / abuelos a tu cargo
Deben convivir contigo al menos 6 meses y tener rentas anuales < 8.000 €.
4. Tu rendimiento neto anual (para calcular el ahorro)
Opcional. Si lo dejas vacío se muestra solo el mínimo sin calcular el ahorro.
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Valores de la Ley 35/2006 (arts. 57-61), prorrogados para 2025/2026.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Mínimo personal (general) | 5.550 € |
| Adición por edad > 65 años | + 1.150 € (total 6.700 €) |
| Adición por edad > 75 años | + 1.400 € más (total 8.100 €) |
| Por descendientes (hijos) | |
| 1.er hijo | 2.400 € |
| 2.º hijo | 2.700 € |
| 3.er hijo | 4.000 € |
| 4.º hijo y siguientes | 4.500 € c/u |
| Adición si el hijo tiene < 3 años | + 2.800 € cada uno |
| Por ascendientes | |
| Ascendiente > 65 años (o discapacitado) | 1.150 € |
| Ascendiente > 75 años | 2.550 € |
| Por discapacidad | |
| Discapacidad 33-64 % | 3.000 € |
| Discapacidad ≥ 65 % | 9.000 € |
| Adición por necesidad de ayuda de terceros o movilidad reducida | + 3.000 € |
¿Qué es el mínimo personal y familiar?
El mínimo personal y familiar es la parte de la renta que la ley considera indispensable para las necesidades vitales del contribuyente y sus dependientes. Esa parte no tributa: se calcula la cuota sobre (base liquidable − mínimo), de modo que el mínimo actúa como un tramo de renta al que se le aplica la escala del IRPF y el resultado se resta de la cuota. Está regulado en los artículos 57 a 61 de la Ley 35/2006.
Mínimo por descendientes: hijos a cargo
Para aplicar el mínimo por hijos se requiere que convivan con el contribuyente, que sean menores de 25 años (sin límite de edad si tienen discapacidad reconocida) y que sus rentas anuales no superen los 8.000 €. Los importes se dividen a partes iguales entre ambos progenitores si presentan declaración individual. Un hijo menor de 3 años suma 2.800 € adicionales, incentivando la natalidad.
Mínimo por ascendientes y discapacidad
Por cada padre o abuelo mayor de 65 años que conviva al menos 6 meses y no supere los 8.000 € de rentas se aplican 1.150 € (o 2.550 € si supera los 75 años). Si el familiar tiene discapacidad, se puede aplicar el mínimo incluso sin llegar a los 65 años. El mínimo por discapacidad propia (o de descendientes/ascendientes) va de 3.000 a 9.000 € según el grado, con un plus de 3.000 € si necesita ayuda de terceras personas.
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