Calculadora modelos trimestrales 2026
Calcula de golpe los 4 modelos del trimestre: 130 (IRPF fraccionado), 303 (IVA), 111 (retenciones profesionales) y 115 (retención alquiler). Sin registro, con datos oficiales.
Modelo 130 — Pago fraccionado IRPF
Introduce las cifras acumuladas del año hasta el trimestre que vas a declarar.
Modelo 303 — Liquidación IVA trimestral
IVA del trimestre (no acumulado del año).
Modelo 111 — Retenciones a profesionales / empleados
Solo si has pagado facturas de profesionales con retención o tienes empleados. Si no aplica, deja los campos a 0.
Modelo 115 — Retención sobre alquiler de local
Solo si pagas alquiler de local u oficina (19 % de retención). Si trabajas desde casa, no aplica.
Resumen trimestral — total a ingresar a Hacienda
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Quipu calcula y presenta el 130 y el 303 automáticamente. Te avisa de los plazos y te descarga el justificante.
Ver software recomendado →¿Qué modelos trimestrales debe presentar un autónomo?
Un autónomo en estimación directa tiene hasta 4 modelos trimestrales obligatorios dependiendo de su actividad. Los plazos son siempre los mismos: del 1 al 20 de abril (1.er trimestre), del 1 al 20 de julio (2.º trimestre), del 1 al 20 de octubre (3.er trimestre) y del 1 al 30 de enero del año siguiente (4.º trimestre).
Modelo 130: pago fraccionado del IRPF
El modelo 130 es el pago a cuenta del IRPF. La fórmula es: 20 % × (ingresos acumulados − gastos acumulados) − retenciones soportadas − pagos anteriores. Si el resultado es negativo o cero, no ingresas nada. Estás exento de presentarlo si más del 70 % de tus ingresos del año pasado llevaron retención (art. 110.4 del Reglamento del IRPF).
Modelo 303: liquidación del IVA
El modelo 303 liquida el IVA del trimestre. La fórmula es: IVA repercutido − IVA soportado deducible − saldo a compensar. Si el resultado es positivo, lo ingresas. Si es negativo, puedes compensarlo en trimestres siguientes o, en el 4.º trimestre, solicitar la devolución.
Modelo 111 y modelo 115
El modelo 111 declara las retenciones practicadas a trabajadores y profesionales contratados. El modelo 115 declara la retención del 19 % que debes practicar sobre el alquiler de tu local o despacho. Solo los presentas si en ese trimestre has pagado rentas sujetas a retención.
Preguntas frecuentes
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