Calculadora modelos trimestrales 2026

Calcula de golpe los 4 modelos del trimestre: 130 (IRPF fraccionado), 303 (IVA), 111 (retenciones profesionales) y 115 (retención alquiler). Sin registro, con datos oficiales.

✦ 24.000+ cálculos este mes Datos 2026 verificados Sin registro

Modelo 130 — Pago fraccionado IRPF

Introduce las cifras acumuladas del año hasta el trimestre que vas a declarar.

Modelo 303 — Liquidación IVA trimestral

IVA del trimestre (no acumulado del año).

Modelo 111 — Retenciones a profesionales / empleados

Solo si has pagado facturas de profesionales con retención o tienes empleados. Si no aplica, deja los campos a 0.

Modelo 115 — Retención sobre alquiler de local

Solo si pagas alquiler de local u oficina (19 % de retención). Si trabajas desde casa, no aplica.

¿Qué modelos trimestrales debe presentar un autónomo?

Un autónomo en estimación directa tiene hasta 4 modelos trimestrales obligatorios dependiendo de su actividad. Los plazos son siempre los mismos: del 1 al 20 de abril (1.er trimestre), del 1 al 20 de julio (2.º trimestre), del 1 al 20 de octubre (3.er trimestre) y del 1 al 30 de enero del año siguiente (4.º trimestre).

Modelo 130: pago fraccionado del IRPF

El modelo 130 es el pago a cuenta del IRPF. La fórmula es: 20 % × (ingresos acumulados − gastos acumulados) − retenciones soportadas − pagos anteriores. Si el resultado es negativo o cero, no ingresas nada. Estás exento de presentarlo si más del 70 % de tus ingresos del año pasado llevaron retención (art. 110.4 del Reglamento del IRPF).

Modelo 303: liquidación del IVA

El modelo 303 liquida el IVA del trimestre. La fórmula es: IVA repercutido − IVA soportado deducible − saldo a compensar. Si el resultado es positivo, lo ingresas. Si es negativo, puedes compensarlo en trimestres siguientes o, en el 4.º trimestre, solicitar la devolución.

Modelo 111 y modelo 115

El modelo 111 declara las retenciones practicadas a trabajadores y profesionales contratados. El modelo 115 declara la retención del 19 % que debes practicar sobre el alquiler de tu local o despacho. Solo los presentas si en ese trimestre has pagado rentas sujetas a retención.

Preguntas frecuentes

Guía para el cálculo del modelo 130

Para calcular el modelo 130, debes considerar el 20% de tus ingresos menos gastos y amortizaciones acumulados del año, menos los pagos anteriores. Si el resultado es negativo o cero, debes presentar el modelo con un resultado de 0. Es importante tener en cuenta que este cálculo es para autónomos en estimación directa normal o simplificada.

Guía para la presentación del modelo 303

El modelo 303 es para la autoliquidación del IVA trimestral. Debes presentarlo en los días 1-20 del mes siguiente al trimestre, excepto para el cuarto trimestre, que se puede presentar hasta el 30 de enero. El cálculo se basa en el IVA repercutido en facturas emitidas menos el IVA soportado en facturas de gastos.

Más preguntas frecuentes

¿Cuándo debo presentar el modelo 130 como autónomo?

Debes presentar el modelo 130 en los días 1-20 del mes siguiente al trimestre. Este modelo es para el pago fraccionado de IRPF estimación directa.

¿Qué tipos de IVA existen en 2026 para autónomos?

En 2026, los tipos de IVA para autónomos son el general del 21%, el reducido del 10% y el superreducido del 4%.

¿Qué es el modelo 111 y quién debe presentarlo?

El modelo 111 es para retenciones IRPF a trabajadores y profesionales. Solo los autónomos que tienen empleados o pagan a profesionales con retención deben presentarlo.

¿Cuál es el tipo de retención para alquiler de local de negocio a persona física?

El tipo de retención para alquiler de local de negocio a persona física es del 19% sobre el alquiler pagado, y se presenta en el modelo 115.

¿Qué sanciones puedo enfrentar si no presento mis declaraciones a tiempo?

Si no presentas tus declaraciones a tiempo sin requerimiento, puedes enfrentar un recargo del 1% por mes más un 15% a partir del año. Si hay requerimiento, la multa mínima es de 200€ por declaración no presentada.

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Aviso: cálculo orientativo basado en la normativa vigente (LIRPF, LIVA y Reglamento del IRPF 2026). El modelo 130 usa estimación directa normal (sin el 5 % de gastos difícil justificación en el trimestre, solo en la anual). Las cifras reales dependen de tu régimen de IVA, tipo de retención aplicado, deducciones y situación fiscal concreta. No constituye asesoramiento fiscal. Consulta con tu asesor o en la Agencia Tributaria.