Pluriactividad: autónomo y asalariado
Si cotizas a la vez como autónomo y por cuenta ajena, puedes recuperar parte de lo cotizado de más. Calcula tu posible devolución.
Tus cotizaciones del año
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Reclama lo que es tuyo
Una gestoría revisa tu situación de pluriactividad y solicita la devolución de oficio o por tu cuenta.
Ver gestoría recomendada →¿Qué es la pluriactividad?
Es estar dado de alta a la vez en el RETA (autónomos) y en el Régimen General (cuenta ajena). Como cotizas por partida doble por contingencias comunes, la ley te reconoce el derecho a la devolución del 50 % del exceso de cotización cuando la suma de lo cotizado en ambos regímenes supera un umbral que se fija cada año, con el límite del 50 % de tus cuotas de autónomo.
Bonificaciones al iniciar en pluriactividad
Si te das de alta como autónomo estando ya empleado a jornada completa, además puedes elegir cotizar por una base reducida los primeros años. Conviene comparar esa opción con la tarifa plana para ver qué te interesa más.