🧮 Cuota Autónomo Datos oficiales 2026

Calculadora retención IRPF en facturas 2026

¿Tienes que poner 15 % o 7 % de retención en tus facturas? Calcula cuánto te retienen, cuánto cobrará tu cliente y cuánto recibirás tú.

¿Qué tipo de retención te corresponde?

Calcula tu factura con retención

Comparativa: 15 % vs 7 %

Diferencia de lo que cobrarás en mano según el tipo que apliques. Introduce tu base imponible arriba y calcula para ver los resultados.

Con 15 % (veterano)

cobras de tu cliente

Con 7 % (nuevo autónomo)

cobras de tu cliente

⚠️ Recuerda: cobrar más ahora no significa pagar menos IRPF al año. La diferencia se ajusta en la declaración de la renta.

¿Cuándo se aplica retención en una factura de autónomo?

Los autónomos que realizan actividades profesionales (incluidas en la sección segunda del IAE: arquitectos, abogados, diseñadores, consultores, programadores, etc.) deben incluir una retención de IRPF en sus facturas cuando el cliente es una empresa, profesional u otra entidad jurídica. Si el cliente es un particular, no se aplica retención. Los autónomos de actividades empresariales (tiendas, talleres…) no aplican retención en factura.

Retención del 15 % o del 7 % — ¿cuál te corresponde?

El 15 % es el tipo general para todos los autónomos profesionales. Sin embargo, si te has dado de alta como autónomo por primera vez y no has ejercido esa actividad en los dos años anteriores, puedes aplicar el 7 % reducido durante el año de inicio de actividad y los dos años naturales siguientes (artículo 95.1 del Reglamento del IRPF). Para aplicar el 7 % debes comunicárselo al cliente haciendo constar en la factura que es de aplicación el tipo reducido por ser nuevo profesional.

¿Cobrar más retención es mejor para el autónomo?

No necesariamente. La retención es un pago a cuenta del IRPF: lo que te retienen tus clientes a lo largo del año se descuenta de tu cuota de IRPF en la declaración de la renta. Si te retienen más (15 %) acabas anticipando más a Hacienda, y en la renta puede salirte a devolver. Si aplicas el 7 %, cobras más a lo largo del año pero la declaración puede salirte a pagar más. El IRPF total que pagas al año es el mismo en ambos casos; solo cambia el momento en que lo pagas.

Preguntas frecuentes

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Aviso: cálculo orientativo basado en la normativa del IRPF 2026 (Ley 35/2006 y su Reglamento). Los tipos de retención pueden variar según tu actividad concreta y la interpretación de la AEAT. No constituye asesoramiento fiscal. Consulta con tu asesor o en la Agencia Tributaria.